Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2006-R
Fecha: 15-Feb-2006
II.1.
II.1. A través del memorial presentado el 5 de diciembre de 1995 (fs. 51) ante el representante del Ministerio Público, Rosa Arteaga Illanes, formuló querella contra la ahora recurrente Mery Pinilla de Luna por la supuesta comisión del delito de giro de cheque en descubierto. El 14 de ese mes, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal emitió el correspondiente Auto Inicial de la Instrucción (fs. 52).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa, puedan hacerlo a través del hábeas corpus