Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Interponen recurso de hábeas corpus contra Anibal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, Paula Miranda de Castellón, Secretaria del Juzgado, Claudia Torrez Castro, Auxiliar del Juzgado, Ernesto Mercado Oliver, Oficial de Diligencias y Fernando Muñoz Bustillos, Defensor de Oficio, solicitando se declare procedente el recurso anulando la Sentencia condenatoria, la declaratoria de rebeldía, el mandamiento de condena y todo otro vicio procesal existente, con costas y demás condenaciones de ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa, puedan hacerlo a través del hábeas corpus
- cuando la persona con pleno conocimiento de la acción iniciada en su contra no interviene en el proceso, o ha dejado de intervenir en él por un acto de su propia voluntad
- III.4.