SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución 02/2006, de 17 de enero, saliente de fs. 87 a 90, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Raúl Ferreira Gonzáles y Denis Rodas Limachi en representación sin mandato de Wilson Echave Canelas contra Anibal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, Paula Miranda de Castellón, Secretaria del Juzgado, Claudia Torrez Castro, Auxiliar del Juzgado, Ernesto Mercado Oliver, Oficial de Diligencias y Fernando Muñoz Bustillos, Defensor de Oficio, invocando como vulnerados los derechos a la libertad de locomoción, a la defensa y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. g), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa, puedan hacerlo a través del hábeas corpus
- cuando la persona con pleno conocimiento de la acción iniciada en su contra no interviene en el proceso, o ha dejado de intervenir en él por un acto de su propia voluntad
- III.4.