SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.1.
II.1. El plantel docente del Liceo “Oruro” nivel primario, el 13 de abril de 2004 (fs. 680 y 681), emitió un Voto Resolutivo por el que determinó solicitar la “inmediata destitución” de Corina Fernández, Directora del mismo, por las razones allí anotadas, relativas al maltrato que infligiría al personal administrativo, no crear un ambiente de armonía, falta de sensibilidad y comprensión humanitaria con el personal docente, alumnado y padres de familia, entre otras. El 16 de abril de 2004 (fs. 129), “La junta escolar y el comité de padres de familia del Liceo “Oruro” nivel primario, resolvió solicitar el alejamiento de la Directora “para no persistir el problema reinante entre el Plantel Docente-Directora”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- planillas de asistencia de esa Unidad, donde consta la firma de la recurrente desde el 16 de junio de 2005.
- II.12.
- III.1. Respecto de la supuesta identidad de sujeto, objeto y causa
- SC 1628/2005-R,
- Fragmento 19
- III.3. En relación al acto consentido
- SC 672/2005-R,
- para declarar la improcedencia de un recurso de amparo constitucional por esa causal, no es suficiente una actuación implícita, dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco,
- APRUEBA