SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 13/2005, de 6 de julio, cursante de fs. 749 a 752 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Corina Reina Fernández Rioja contra Ignacio Villca Opi y Leoncio Choque Huarachi, Director del Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) y Director Distrital de Educación, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la defensa, la garantía del debido proceso, el derecho al juez natural, y a ejercer una función pública, reconocidos en los arts. 7 incs. a) y d), 16.II y IV, 14 y 40 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- planillas de asistencia de esa Unidad, donde consta la firma de la recurrente desde el 16 de junio de 2005.
- II.12.
- III.1. Respecto de la supuesta identidad de sujeto, objeto y causa
- SC 1628/2005-R,
- Fragmento 19
- III.3. En relación al acto consentido
- SC 672/2005-R,
- para declarar la improcedencia de un recurso de amparo constitucional por esa causal, no es suficiente una actuación implícita, dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco,
- APRUEBA