Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0270/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.5.
II.5. Por memorando de 21 de junio de 2001 el Ministerio Público designó a Nivia Lizbeth Torrez Arandia, Fiscal Adjunta de Cochabamba por un tiempo fijo y determinado de doce meses (fs. 365), efectuándose prórrogas al plazo de designación por memorandos de 27 de junio y 28 de septiembre de 2002, 23 de septiembre de 2003 y 14 de octubre de 2004 (fs. 358 a 360 y 362), emitiendo el Fiscal General recurrido memorando de agradecimiento de servicios de 27 de abril de 2005 indicando que a solicitud del Fiscal de Distrito cumplía recordarle que el plazo de su designación había fenecido (fs. 357).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la destitución de Fiscales.-
- III.2. Sobre la destitución del Fiscal Asistente y el Personal Administrativo.-
- el recurrente debe utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA