Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0270/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.7.
II.7. Mediante memorando de 10 de marzo de 2004, Francisco García Ángelo fue designado Auxiliar Legal III de la Fiscalía de Distrito de Cochabamba por el tiempo fijo y determinado de 12 meses (fs. 68), el 25 de abril de 2005, el Fiscal General recurrido emitió memorando de agradecimiento de servicios, señalando que a solicitud del Fiscal del Distrito se le recordaba que su designación había fenecido (fs. 70).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la destitución de Fiscales.-
- III.2. Sobre la destitución del Fiscal Asistente y el Personal Administrativo.-
- el recurrente debe utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA