SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0270/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.8.
II.8. El 5 de mayo de 2005, el Fiscal General recurrido emitió la Resolución 059/2005, por la cual conforme a la previsión de la disposición transitoria segunda y cuarta de la LOMP autorizó la prórroga en sus funciones hasta la finalización del proceso de institucionalización interna del Ministerio Público de todos los fiscales de materia que se hubiesen sometido a las pruebas realizadas por la Universidad Católica Boliviana y la Consultora Berthin Amengual y Asociados, argumentando que si bien dichos fiscales se sometieron a las citadas pruebas, ese hecho no les otorgaba la calidad de funcionarios de carrera fiscal del Ministerio Público, pero que era necesario mantener la competencia de esos funcionarios por necesidad de servicios prorrogando sus contratos hasta la finalización de la institucionalización interna (fs. 129).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la destitución de Fiscales.-
- III.2. Sobre la destitución del Fiscal Asistente y el Personal Administrativo.-
- el recurrente debe utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA