SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2006

Fecha: 10-Abr-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente cuestiona la constitucionalidad de los arts. 36.2, 49.I y 50.I al VII de la LSNRA, al estimar que vulnera el art. 175 de la CPE, que prohíbe la revisión de un título ejecutorial, como el emitido a favor de su padre, así como del proceso agrario del que emergió y que fue sustanciado hace cuarenta y ocho años, fundamentando que por mandato constitucional los títulos ejecutoriales son definitivos ya que expresan y materializan una situación jurídica concluida, siendo que la Resolución Suprema que dispuso la extensión del Título puso fin al proceso agrario y sus incidencias, causó estado y adquirió calidad de cosa juzgada, lo que supone la inimpugnabilidad del Título y con ello que se pueda juzgar de modo contrario a lo decidido en el proceso agrario, previsión ésta que es genérica y no admite ulterior recurso sea el que fuere, por esta razón la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria al regular los casos de nulidad y anulabilidad de los títulos ejecutoriales, contradice el precepto constitucional, mas aún cuando el derecho a la propiedad es un instituto que ha merecido la máxima protección habiéndose instituido primero en un concepto absolutista y luego condicionado al cumplimiento de una función social, ya que la propiedad agraria también está protegida por el art. 166 y de manera definitiva y total por el art. 175 de la CPE, haciendo de ésta un “antemural” contra cualquier ambición disfrazada en un procedimiento. Por consiguiente, corresponde determinar si los extremos denunciados son evidentes a los efectos del control de constitucionalidad que le encomienda a este Tribunal el art. 120.1ª de la CPE.