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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2006-R

    Fecha: 10-Abr-2006

    II.2.

    II.2.  Por decreto de 8 de octubre de 2004 el Juez de la causa dispuso la anotación preventiva del inmueble registrado en Derechos Reales bajo la partida y folio real 2010990029170 a nombre de Bertha Oviedo Suxo por el 50% que le correspondía a la acusada de conformidad con los arts. 90 del CP y 252 del CPP  (fs. 12 vta.).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
    • a)
    • i)
    • 1)
    • denegando
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1.
    • Fragmento 16
    • III.2.1. Sobre la actuación del Juez recurrido.-
    • III.2.2. Sobre la actuación del Tribunal de apelación.-
    • demandar que se preserve o restablezca una situación jurídica perturbada o violada que lesiona o desconoce sus derechos e intereses, a objeto de lograr, previo proceso, una decisión judicial que modifique dicha situación jurídica

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