SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0330/2006-R

Fecha: 10-Abr-2006

II.3.

II.3.  El 28 de octubre de 2004 el recurrente presentó memorial ante el Juez recurrido solicitando se deje sin efecto la anotación preventiva en la vía cautelar de carácter real, señalando que el inmueble sujeto de dicha anotación era de su única y exclusiva propiedad por herencia de sus fallecidos padres, y que al haber recibido el mismo como anticipo de legítima y herencia no tenía calidad de bien ganancial o común; asimismo, adjuntó como prueba el testimonio de escritura pública de anticipo de legítima, testimonio de actuados y Sentencia ejecutoriada de inscripción de documento aclaratorio y cancelación de usufructo, y folio real del inmueble objeto de la notación (fs. 16 a 25 vta.).