SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2006-R
Fecha: 21-Abr-2006
1)
Con esos antecedentes plantean recurso de amparo constitucional contra Álvaro Vicente La Torre Zurita, Fiscal de Sustancias Controladas; Walter Pérez Lora, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal; Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pidiendo que sea declarado procedente, en consecuencia se anule todo lo actuado y se archiven obrados hasta que la acción sea promovida legalmente, es decir en sujeción al ordenamiento jurídico, esto es: 1) se promueva previa denuncia de la Unidad de Investigaciones Financieras dependiente de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, con los respaldos probatorios correspondientes; 2) se acompañe la constancia del proceso penal del cual se deriva La investigación debidamente legalizada y traducida al español, es decir la respectiva Sentencia condenatoria ejecutoriada contra Eduardo Antonio Arismendy Echavarría.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Sobre la actuación del Fiscal de Sustancias Controladas recurrido.
- III.2. Respecto a la actuación de las autoridades judiciales
- Lo expresado no implica llegar a la conclusión tajante de que la labor interpretativa de la legalidad ordinaria no está sujeta al control constitucional, pues, dada la fuerza expansiva de la Constitución, a la jurisdicción constitucional le compete, vía amparo, el examen de los motivos y los argumentos en que la jurisdicción común funda su decisión, destinada a comprobar, en los supuestos en que tal labor interpretativa haya sido impugnada por motivación insuficiente, arbitraria o carente de razonabilidad, o en disconformidad con una interpretación conforme a la Constitución; anulando en su caso la decisión, cuando se constate que la misma ha violado algún derecho fundamental o garantía constitucional, (las negrillas son nuestras).
- ordinaria
- 1. Explique por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo, y 2. Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional.
- III.3. Análisis del caso concreto