SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2006-R
Fecha: 21-Abr-2006
II.5.
II.5. El 19 de febrero de 2005 (fs. 9 a 12), el Fiscal recurrido imputó formalmente a Martha Roca Justiniano, Viviana Arismendy Roca e Inés Arismendy Roca, por la supuesta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas, previsto en la sanción del art. 185 Bis del CP, asimismo, solicitó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención y la incautación y anotación preventiva de inmuebles y vehículos individualizados en la imputación.
El Juez cautelar por decreto de 21 de febrero de 2005 (fs. 13) tuvo presente la imputación formal y, a los efectos de considerar la solicitud de medida cautelar requerida por el Ministerio Público, señaló audiencia para el 10 de marzo de 2005 a horas 10:00 a.m., disponiendo la notificación personal de los imputados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Sobre la actuación del Fiscal de Sustancias Controladas recurrido.
- III.2. Respecto a la actuación de las autoridades judiciales
- Lo expresado no implica llegar a la conclusión tajante de que la labor interpretativa de la legalidad ordinaria no está sujeta al control constitucional, pues, dada la fuerza expansiva de la Constitución, a la jurisdicción constitucional le compete, vía amparo, el examen de los motivos y los argumentos en que la jurisdicción común funda su decisión, destinada a comprobar, en los supuestos en que tal labor interpretativa haya sido impugnada por motivación insuficiente, arbitraria o carente de razonabilidad, o en disconformidad con una interpretación conforme a la Constitución; anulando en su caso la decisión, cuando se constate que la misma ha violado algún derecho fundamental o garantía constitucional, (las negrillas son nuestras).
- ordinaria
- 1. Explique por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo, y 2. Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional.
- III.3. Análisis del caso concreto