SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0401/2006-R
Fecha: 27-Abr-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 22 de julio de 2005, cursante de fs. 54 vta. a 56 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ana Marconi Sanca contra Mónica Rivero Contreras, Gerente General de “House Inn Apart Hotel”, alegando la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social y al trabajo, consagrados en los arts. 7 incs. a), d) y k) de la Constitución Política del Estado (CPE), a su derecho a la confidencialidad y privacidad contenido en el art. 18 del Código civil (CC), art. 5 del Pacto de San José de Costa Rica y arts. 41 y 42 de la Resolución Ministerial (RM) 0711 de 27 de noviembre de 2002.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- Fragmento 14
- III.1.1. SOBRE EL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA)
- Fragmento 16
- III.1.2. LA JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA CONSTITUCIONAL COMPARADA EN CUANTO A ESTA ENFERMEDAD
- La atención y el tratamiento de enfermos de SIDA o de infectados asintomáticos por el VIH involucra el conjunto de servicios médicos que se ofrecen a una persona para satisfacer las necesidades que su condición de salud requiera.
- entre otros, pueden ser objeto de vulneración o amenaza por parte de las autoridades o de los particulares, en muchos casos, como consecuencia exclusiva del temor que despierta el SIDA.
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.1.3.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA