SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2006-R
Fecha: 27-Abr-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó el recurso y añadió que pensaba utilizar el recurso de apelación pero al existir ya la denuncia en el Consejo de la Judicatura, habló con la Secretaria correcurrida, quien le expresó que no labraría el acta completa porque la resolución era deber del Juez, lo que ocasionó que se suspendan dos audiencias, encontrándose actualmente indebidamente detenido por un capricho de los correcurridos. El art. 120 del CPP señala que las actas son privadas de sus efectos o se torna invalorable su contenido cuando en ella no puedan ser suplidas las omisiones con certeza, sobre la base de otros elementos de prueba, lo que no sucede en este caso que existen como prueba, los dos oficios enviados al Director de la PTJ pidiendo escolta, así como la caución de la fianza de Bs5.000.-
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedencia
- b)
- c)
- d)
- I.3. Trámite Procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- secretaria
- III.1.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho, lo que no significa, que siempre tendrá que otorgar o dar curso a la solicitud en forma positiva
- el tratamiento que debe darse a las solicitudes en la que se encuentre de por medio el derecho a la libertad
- III.2.1. El Juez correcurrido: a) Sobre la agravación del Juzgador de la medida sustitutiva de detención domiciliaria con escolta policial previo acuerdo de honorarios
- b) Sobre la suspensión de audiencias
- una pronta y especial atención
- Labrar las actas de audiencias
- el encargado de redactar el acta es el secretario, y aquélla carecerá de valor sin su firma