SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2006-R

Fecha: 27-Abr-2006

II.5.

II.5.  Por oficio 045/2006, de 31 de enero, el Director Departamental de la PTJ representó la solicitud judicial, adjuntando el informe del asignado al caso en sentido de que su unidad policial no tiene por objeto actividades de escolta, debiéndose acudir al Comando Departamental de la Policía o a la Unidad Policial más cercana. (fs. 20 y 22).