SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0445/2006-R

Fecha: 10-May-2006

I.2.1  Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente, ratificó su recurso por intermedio de su abogado, añadiendo que ninguna de las autoridades jurisdiccionales que conocieron  el pedido de extinción de la acción se pronuncio sobre el mismo incurriendo en una omisión indebida, sin considerar que la causa se sustancia con el Código de procedimiento penal de 1972  que permite la aplicación del procedimiento civil ya que en su art. 1 del Código de procedimiento civil (CPC) dice que los jueces no pueden negarse a resolver una petición de las partes los que tienen que ser resueltos en aplicación de los principios de cosa juzgada y favorabilidad.