SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2006-R
Fecha: 16-May-2006
a)
El abogado del recurrente ratificó los fundamentos expuestos en el memorial del recurso y los amplió señalando lo siguiente: a) los actos irregulares denunciados en el recurso además de lesionar los derechos señalados en éste, atentan también contra su patrocinado en razón a que las personas con discapacidad gozan de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado y otras disposiciones legales que establecen que dichos derechos son irrenunciables, siendo uno de los principales el derecho al trabajo remunerado, sin que la persona con discapacidad pueda ser objeto de discriminación, además que dichas personas que prestan servicios en los sectores públicos o privados gozan de inamovilidad en sus puestos de trabajo; b) la argumentación que pudiesen efectuar los recurridos en sentido de que su representado hubiese cometido delitos no es pertinente, ya que el recurso de amparo constitucional no es la instancia para sustanciar la existencia o no de delitos no comprobados, por lo que no corresponde pronunciarse sobre una materia en controversia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión
- III.2.
- REVOCA