SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2006-R

Fecha: 16-May-2006

II.4.

II.4.  El 10 de marzo de 2005, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación respondió a la nota que habría enviado el recurrente el 7 de marzo de 2005, señalando que el Servicio Departamental de Educación era un órgano operativo desconcentrado de la Prefectura del Departamento con competencia de alcance departamental e independencia de gestión administrativa, por lo que el Director Distrital de Irupana debía remitir los antecedentes respectivos al SEDUCA de La Paz y no así a esa cartera de Estado (fs. 8).