Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2006-R
Fecha: 23-May-2006
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señala como vulnerados sus derechos a la seguridad jurídica, a la asociación, al trabajo, a formular peticiones, y a la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a), c), d) y h) y 16.IV de la CPE, citando además como vulnerado el art. 32 de la CPE que señala que “nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que ellas no prohíban”.