Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2006-R
Fecha: 23-May-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó los argumentos expuestos en el memorial de la demanda, ampliando en sentido de que las plantas “Jorge” y “Daniela”, fueron alquiladas a Isabel y Julio Mendoza, volviendo a poder de su propietario el 2004 y 2005 y en el lapso que estuvieron bajo la administración de los arrendatarios funcionaron normalmente, cumpliendo con las obligaciones de la asociación, en representación del recurrente. La Asociación construyó el dique Laguna Pampa II, pero con recursos y utilidades que reportó Laguna Pampa I, aportando los arrendatarios de las plantas “Jorge” y “Daniela” para la construcción de Laguna Pampa II.