Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2006-R
Fecha: 23-May-2006
II.8.
II.8. Por Resoluciones Administrativas 098/05 y 099/05, de 30 de mayo de 2005, firmadas por el Director General de Medio Ambiente y Viceministro de Recursos Naturales, se instruyó al recurrente en su calidad de representante legal de los ingenios mineros “Daniela” y “Jorge”, no efectuar descargas de sus colas al río de la Rivera, en tanto no cuente con la autorización que corresponda y cumpla con los límites máximos admisibles, establecidos por el Reglamento en materia de contaminación hídrica (fs. 17 a 20).