SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2006-R

Fecha: 02-Jun-2006

II.4.

II.4.    En la audiencia cautelar de 11 de abril de 2006, el Fiscal recurrido refirió que el mandamiento de aprehensión fue librado en virtud del art. 226 del CPP.  En la misma audiencia, el abogado del recurrente cuestionó la aprehensión realizada por el Fiscal, señalando que su defendido no fue notificado conforme manda el art. 224 del CPP con relación al art. 163 del CPP; añadiendo que el art. 226 del CPP sólo autoriza emitir el mandamiento de aprehensión cuando el mínimo legal es superior a dos años y que en la especie el mínimo legal era de un año (fs. 28 a 34 y vta.).