SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
II.2.
II.2. En el acta de la octava reunión ordinaria del Consejo Nacional del Ministerio Público realizada en Cochabamba el 21 y 22 de abril de 2005, cursa entre los puntos del orden del día la “Consideración del informe final del proceso de selección del Inspector Fiscal”, en la cual los Fiscales de Distrito del país elaboraron una terna encabezada por la recurrente, seguida por Javier Miranda y Ramiro Ibáñez, constando al respecto la expresión del Fiscal General de la República en el sentido de que: “Conformada como está la terna, considerando que la Dra. Virginia Medrano ha sido nominada por unanimidad, mi autoridad, con la facultad conferida por el art. 85 de la Ley de Organización del Ministerio Público y art. 40 del Reglamento del Ministerio Público designará como Inspectora General a la Dra. Virginia Medrano, en cuanto se cumplan las formalidades legales.” (fs. 30 a 37 del Anexo 2).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Artículo 19.- Procedimiento y designación.
- “Artículo 20.- Posesión y juramento.
- III.2.
- el acto que no ha sido notificado no produce efectos jurídicos inmediatos, no es acto administrativo en el concepto señalado, careciendo de eficacia mientras no sea notificado al interesado
- notificado
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- denegado
- APROBAR