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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0685/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0685/2006-R

    Fecha: 17-Jul-2006

    II.3.

    II.3. Por memorial de 6 de febrero de 2003, los recurrentes formularon excepción de verdad y solicitaron el archivo de la causa (fs. 92-96). El Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, Constancio Alcón, correcurrido, previa noticia de la parte adversa y requerimiento conclusivo, por Auto de 23 de abril de 2003, dispuso que la excepción de verdad sea resuelta a momento de dictarse sentencia (fs. 95).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • i)
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • “denegado”

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