Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2006
Fecha: 15-Ago-2006
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.6ª de la CPE y 7 inc. 6) y 79 y ss de la LTC resuelve declarar INFUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por José Luis Exeni Tobía contra Santiago Alex GÁlvez Mamani y Raúl TÓrrez Rinaldo, Ministro de Trabajo y Director General de Cooperativas, respectivamente, demandando la nulidad de la Resolución de Consejo 002/06, de 19 de mayo de 2006, emitida por el CONALCO.
- José Luis Exeni Tobía
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- de ser evidente la afirmación de no haber dado cumplimiento a la sentencia del amparo constitucional, no se está ante una infracción de las reglas de competencia, sino ante una desobediencia de una sentencia constitucional que es sancionada conforme a ley, pero no puede ser impugnada por la vía del recurso directo de nulidad
- INFUNDADO