Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
II.1.
II.1. El 4 de marzo de 2005, en el proceso administrativo seguido contra René Guillermo Achá Arauco y otros servidores públicos, la Autoridad Sumariante de la Prefectura del departamento de La Paz dictó el Auto Final del Sumario Administrativo 003/2005, por el que falló estableciendo responsabilidad administrativa en su contra por haber contravenido lo dispuesto en los arts. 15 inc. b) del Reglamento del Estatuto del Funcionario Público, y 40 incs. c) y x) del Reglamento Interno del Personal de la Prefectura del departamento y sancionándolo, por la gravedad de las faltas cometidas con la destitución y desvinculación laboral (fs. 6 a 11).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- Si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- III.3.
- APROBAR