SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a) y h) y 16.IV de la CPE; los cuales considera lesionados por los recurridos en el procedimiento de licitación en dos etapas 07/05, puesto que habiendo obtenido derechos adquiridos en la primera etapa; luego, en la segunda etapa, mediante la RA 004/2006 todo el procedimiento fue anulado, desconociéndose dicho derecho; además que en la segunda etapa, le exigieron una serie de aclaraciones sobre los materiales a ser utilizados en su propuesta, lo cual no debió dar lugar a la descalificación de la misma, porque sólo eran aclaraciones para una mejor calificación; también afectaron sus derechos al emitir el informe final fuera de plazo, referir en la Resolución a un informe legal que no está firmado por el Asesor Legal y notificarle con la decisión final por fax; y finalmente, no respondieron a las peticiones que efectuó. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.