SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2006 de 24 de julio, cursante de fs. 441 a 444, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jimmy Marcelo Revollo García contra Gabriel Alfonso Vela Quiroga, Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), Jorge Nicodemo Aragón, autoridad responsable del proceso de contratación (ARPC), Edwin Pastén Villalobos, Rubén Linares Pérez, Guillermo Salinas R., Ángel Costa Antezana, Guido G. Carrasco P., Luis Montaño Michel, miembros de la Comisión de Calificación y Elizabeth Saavedra Ruíz, Asesora Legal, todos del Seguro Social Universitario (SSU), denunciando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a) y h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- b)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ; en cambio, hay otros que no gozan de estabilidad y, por lo mismo, pueden ser revocados por la Administración, por razones de utilidad pública, no siendo indemnizables, salvo cuando ha existido culpa administrativa o cuando la Administración ha realizado una incorrecta valoración del interés público
- III.2. Los actos separables y la licitación en dos etapas
- III.
- “(LICITACION EN DOS ETAPAS).
- c)
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- REVOCAR