SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2007-R

Fecha: 06-Dic-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la “igualdad procesal”, seguridad jurídica, a la defensa, y la garantía del debido proceso, reconocidos según dice por los arts. 6, 7 inc. a) y 16.IV de la CPE, por cuanto la Sentencia pronunciada en el interdicto de retener posesión convertido a recobrar posesión, aparte de no ser objetiva, clara y precisa tiene como base y fundamento literales sin ningún valor legal. Por otra parte, el Juez de alzada al dictar el Auto de Vista 04/2005 de 23 de diciembre, no cumplió con su deber de revisar el proceso y dictar una resolución objetiva y de acuerdo a la normativa vigente. Alude a que el Juez de la causa produjo en él un estado de indefensión porque no le dejó producir prueba de descargo pese a que la misma autoridad por decreto expreso fijó los puntos de hecho a probar; contrariamente, valoró y tasó la prueba de cargo como válida, no obstante que las mismas son simples fotocopias. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.