SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

Fragmento 10

II.1.El 4 de agosto de 2006, se presentó querella contra René Rojas Peña -ahora recurrente- por la presunta comisión de los delitos de hurto y extorsión (fs. 2). El Juez Noveno de Instrucción en lo Penal por Resolución 488/2006, de 26 de septiembre declaró probado el incidente de objeción de querella presentada por el recurrente, disponiendo que el querellante dentro de tercer día de su notificación subsane las observaciones alegadas (fs. 3 a 4). El querellante mediante memorial de 27 de septiembre solicitó al Fiscal de Materia Adscrito a la FELCC, la conversión de acciones (fs. 5).