AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2007-RCA

Fecha: 06-Feb-2007

a la verificación de la existencia de las causales de improcedencia in limine reglada conforme prevé el art. 96 de la LTC,

Por otra parte, se observa también que los conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituidos en Tribunal de amparo, no aplicaron adecuadamente lo establecido por la ya citada SC 0505/2005-R, por cuanto, no procedieron en primer término a la verificación de la existencia de las causales de improcedencia in limine reglada conforme prevé el art. 96 de la LTC,  sino que se limitaron al análisis de los requisitos de admisibilidad en los términos ya señalados, aspectos que deberán ser corregidos en posteriores situaciones, dada la naturaleza vinculante de las Sentencias del Tribunal Constitucional de acuerdo con lo previsto por el art.  4 y 44  de la citada ley.