Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2007-R
Fecha: 07-Feb-2007
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 15 de julio de 2002 (fs. 278 y vta.) el tercero interesado Banco Mercantil S.A. y otro, se apersonaron ante la citada Jueza, en ejecución de sentencia, señalando que dicho Banco era a su vez “apoderado del BANCO CENTRAL DE BOLIVIA para la Recuperación de la Cartera del BANCO BOLIVIANO AMERICANO S.A.” (sic), dentro del proceso ejecutivo que este último Banco seguía contra los recurrentes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Interpretación de la legalidad ordinaria
- corresponde a la justicia constitucional verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso
- la justicia se ha identificado: con la igualdad, al entender que una norma es justa cuando su contenido y aplicación a supuestos de hecho similares es igualitaria
- comprobar,
- Cuando el Estado fuere el demandado
- en todos los procesos civiles, en los que el Estado era demandado
- REVOCA