SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
1.
1. Se recibió la denuncia de la Sra. Sanjinés, contra el ahora recurrente, quien pretendió involucrar a su hija en la obtención de un crédito en forma irregular. Este hecho fue comunicado a Gerencia General, solicitándose en forma inmediata la intervención de Auditoria Interna, que llegó a la conclusión de que el recurrente no cumplió con la normativa interna, utilizó información falsa, y actuó con abuso de confianza.
1. El recurrente no fue sometido, previo a su destitución, a un sumario administrativo por las presuntas o posibles irregularidades que hubiese cometido en el ejercicio de sus funciones, para que dentro del mismo pueda ser oído y presentar sus descargos y, en caso de ser adversa la resolución dictada, pueda hacer uso de los recursos administrativos que le franquea la Ley especial.
El recurrente sostiene que los recurridos vulneraron las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia, así como sus derechos a la defensa, seguridad jurídica y petición, por cuanto: 1. fue suspendido del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes, antes de iniciarse el proceso interno seguido en su contra; 2. el proceso interno fue llevado adelante con irregularidades, al no haberle dado oportunidad de asumir defensa, pues antes de iniciar el sumario debió dictarse el Auto de Apertura, con el cual debió ser notificado, además de conformarse ilegalmente el Tribunal disciplinario y haberse omitido concederle el derecho a la apelación; 3. fue destituido de su fuente laboral, sin beneficios sociales; 4. envió notas al Gerente del Banco Los Andes ProCredit, cuyo domicilio se encuentra en la ciudad de Santa Cruz, así como al Gerente Regional de El Alto, solicitando la restitución de sus derechos laborales y el pago de sus haberes devengados, que a la fecha no ha recibido respuesta alguna; tampoco la orden judicial por la cual solicitó fotocopias legalizadas de todo lo obrado dentro del proceso interno seguido en su contra; 5. se retuvo ilegalmente su salario, al haberse congelado su cuenta bancaria. En consecuencia, en revisión, corresponde establecer si existe vulneración a las garantías y derechos reclamados como vulnerados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Pablo Alberto González López, Gerente General, Rolando García Oliva, Jefe de Recursos Humanos, y Marco Antonio Vargas Aguilar, Gerente Regional El Alto, todos del Banco Los Andes ProCredit,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 19
- III.1. Sobe la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional.
- III.2. Sobre la presunta vulneración al derecho de petición
- cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma, es decir, resolviendo el asunto objeto de la petición
- se haya exigido la respuesta
- sólo es oponible o tiene como a destinatarios a las autoridades públicas o a quienes ejercen autoridad-potestad de mando o decisión
- III.3. Con relación a la congelación de su cuenta bancaria
- III.4.
- III.5.