Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
II.8.
II.8. Por notas de 12 de enero de 2006, enviadas al Gerente Regional El Alto, y al Gerente General del Banco Los Andes ProCredit, el recurrente manifestó su preocupación respecto a la medida tomada en su contra respecto a la suspensión de sus funciones, solicitando la cancelación de sus haberes devengados correspondientes a los meses de octubre, noviembre, diciembre del año 2005 y enero del año 2006, más el aguinaldo de la gestión 2005, así como el desbloqueo de su cuenta de caja de ahorros donde se encuentra su salario. Finalmente solicitó se restituyan los derechos laborales y sociales adquiridos en la entidad (fs. 6y 7).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Pablo Alberto González López, Gerente General, Rolando García Oliva, Jefe de Recursos Humanos, y Marco Antonio Vargas Aguilar, Gerente Regional El Alto, todos del Banco Los Andes ProCredit,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 19
- III.1. Sobe la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional.
- III.2. Sobre la presunta vulneración al derecho de petición
- cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma, es decir, resolviendo el asunto objeto de la petición
- se haya exigido la respuesta
- sólo es oponible o tiene como a destinatarios a las autoridades públicas o a quienes ejercen autoridad-potestad de mando o decisión
- III.3. Con relación a la congelación de su cuenta bancaria
- III.4.
- III.5.