Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0094/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
II.4.
II.4. Por informe en conclusiones de 10 de noviembre de 2005, dentro del proceso interno seguido contra Enrique Hernán Montero García, la Asistente Legal del Banco Los Andes ProCredit señaló que el ahora recurrente, en calidad de Oficial de Créditos, en relación al otorgamiento y posteriores desembolsos de crédito a personas inexistentes, cometió irregularidades que se encuentran tipificadas en los arts. 41.a) y b), 42.c) y f), 43.m) y v), 44.c), f) y k) del Reglamento Interno (fs. 230 a 233).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Pablo Alberto González López, Gerente General, Rolando García Oliva, Jefe de Recursos Humanos, y Marco Antonio Vargas Aguilar, Gerente Regional El Alto, todos del Banco Los Andes ProCredit,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 19
- III.1. Sobe la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional.
- III.2. Sobre la presunta vulneración al derecho de petición
- cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna, resolviendo en lo posible la petición en sí misma, es decir, resolviendo el asunto objeto de la petición
- se haya exigido la respuesta
- sólo es oponible o tiene como a destinatarios a las autoridades públicas o a quienes ejercen autoridad-potestad de mando o decisión
- III.3. Con relación a la congelación de su cuenta bancaria
- III.4.
- III.5.