Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2007-R
Fecha: 13-Mar-2007
II.2.
II.2. Por Resolución de 18 de julio de 2005, el Tribunal Disciplinario del Distrito de Educación del Municipio de Camiri aceptó la solicitud de reinicio del proceso disciplinario contra la profesora Elsa Arias Mendoza al existir pruebas de cargo y descargo, resolviendo instruir al Director Distrital de Educación del Municipio de Camiri la inmediata suspensión de las funciones con goce de haber de la Directora de la Unidad Educativa “Tte. Germán Busch”, Elsa Arias Mendoza, como medida precautoria hasta que se produzca el fallo en el plazo que establece el art. 30 del DS 23968 de 24 de febrero de 1995 (fs. 7).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- nadie puede ser sancionado sin haber sido oído y juzgado, siendo el derecho de defensa de la persona en el proceso disciplinario, ineludible
- directores de unidad educativa o de núcleo en los establecimientos educativos
- III.3.
- III.4.
- 1º