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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2007-R

    Fecha: 13-Mar-2007

    II.4.

    II.4. El 29 de septiembre de 2005, los maestros denunciantes presentaron supuesto recurso jerárquico, revisión y queja contra el Auto de 12 de septiembre de 2005, que corrido en traslado, fue contestado el 4 de octubre de 2005; a cuya consecuencia, previo informe jurídico de 20 de octubre de 2005 (fs. 13 a 14), el Director Departamental del SEDUCA Santa Cruz declaró inadmisible el recurso y rechazó el mismo, por inaplicable.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.13.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • nadie puede ser sancionado sin haber sido oído y juzgado, siendo el derecho de defensa de la persona en el proceso disciplinario, ineludible
    • directores de unidad educativa o de núcleo en los establecimientos educativos
    • III.3.
    • III.4.
    • 1º

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