SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2007-R

Fecha: 14-Mar-2007

i)

La recurrente alega que se han vulnerado los derechos de su representado a la igualdad, a la libertad y al debido proceso, porque: i) El Juez recurrido rechazó su solicitud de modificación de fianza económica a juratoria, con el argumento de no existir nuevos elementos o presupuestos legales para desvirtuar aquellos que dieron origen a la imposición de la fianza económica, sin efectuar un análisis legal del informe social de la visitadora social del SENADEP; además, lo hizo en una audiencia violando el principio de oralidad, pues después de un cuarto intermedio se procedió a dar lectura a la Resolución que había sido redactada con anterioridad y remitió los antecedentes de la apelación después de doce días, en contravención del art. 251 del CPP; ii) Los Vocales correcurridos en apelación no consideraron el reclamo efectuado sobre la lectura del Auto impugnado y deliberando en el fondo lo confirmaron sin efectuar un adecuado análisis de los antecedentes, pese a haber demostrado que se encuentra en estado de insolvencia, por lo que la fianza fijada es de imposible cumplimiento. Corresponde en revisión, considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.