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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2007-R

    Fecha: 14-Mar-2007

    II.4.

    II.4.    Por Auto de 4 de octubre de 2005 (fs. 39 a 40), el Juez recurrido dispuso la cesación de la detención preventiva del representado de la recurrente conforme al art. 239 inc. 3) del CPP, imponiendo medidas sustitutivas como su presentación periódica ante la autoridad fiscal, su arraigo, la prohibición de comunicarse con la víctima y una fianza económica de Bs70 000.-.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • “denegó”
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • i)
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • “denegado”
    • APROBAR

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