Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
II.3.
II.3. Por certificados de 7 (fs. 34), 15 (fs. 37) y 22 de julio de 2005 (fs. 35), se tiene que el recurrente no tiene registrado certificado de aportación en COMTECO Ltda., derecho propietario registrado en Derechos Reales, teniendo en cuenta únicamente datos de la ciudad de Cochabamba, ni vehículos en la División Registro de Vehículos de la Policía Nacional.