Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0152/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
a)
a) No ha dictado ningún auto que disponga el apremio del recurrente y, extendiendo los alcances del hábeas corpus, el abogado pide que se dicte una nueva Resolución exponiendo mayores fundamentos, argumentando haberse violado la legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, cuando esos temas podrían haber sido planteados en un amparo constitucional.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- a)
- c)
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 18
- tendrá carácter preventivo.
- cuando la detención aún no se ha producido pero puede presuponerse que la misma es inminente, en tanto que la amenaza pueda demostrarse positivamente
- III.2
- III.3.
- APRUEBA