SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R

Fecha: 29-Mar-2007

c)

         Requisitos que también son exigibles a las entidades privadas contra las cuales es oponible el derecho de petición, que conforme a la SC 1366/2004-R de 19 de agosto sólo se da en los siguientes supuestos: “…a) cuando una institución privada, presta un servicio público a la comunidad y b) cuando se trata de organismos u organizaciones que están investidos de autoridad o realizan funciones de autoridad y por ende, con capacidad de adoptar decisiones que puedan lesionar derechos fundamentales de la persona; en cuyo caso, es un imperativo el procurar una respuesta negativa o positiva a las peticiones que a ellos les sea formulado”.