SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
denegó
Mediante la Resolución de 20 de junio de 2006 (fs. 131 vta. a 132), la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó el amparo solicitado, con costas y multa de Bs200.- (doscientos bolivianos), fundándose en que los recurrentes equivocaron el camino al interponer este recurso, toda vez que los derechos conculcados como el de petición, fueron desvirtuados con la carta de respuesta de 22 de marzo de 2006 firmada por Ramón Rodrigo Antelo, Jefe de Tripulantes de Cabina VVI, quien les sugirió dirigirse a Asesoría Legal con relación al derecho al trabajo y por consiguiente, a la remuneración justa, existiendo para los recurrentes otras instancias mediante las cuales pueden hacer valer sus derechos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 11
- c)
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la falta de respuesta a las peticiones efectuadas por los recurrentes
- Fragmento 15
- III.4. Sobre la terminología empleada en la resolución de los recursos de amparo constitucional
- “denegado”
- APROBAR