Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
II.5.
II.5. En las actas de certificación de 11 de mayo de 2006, el Notario de Fe Pública de Fe Pública Nº 24 afirma haber entregado en el domicilio de los recurridos, Ramón Rodrigo Antelo, José Soria Galvarro y Mario Ichazo, una carta notariada que debían contestarla y dejarla en su oficina notarial, pero hasta esa fecha no recibió ninguna contestación (fs. 8 a 10).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 11
- c)
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la falta de respuesta a las peticiones efectuadas por los recurrentes
- Fragmento 15
- III.4. Sobre la terminología empleada en la resolución de los recursos de amparo constitucional
- “denegado”
- APROBAR