SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2007-R

Fecha: 29-Mar-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de los recurrentes ratificó los términos del recurso e indicó que los recurridos, al momento de entregarles las cartas notariadas ocupaban funciones jerárquicas en el LAB y tenían la obligación de dar respuesta a la petición de sus clientes. El comunicado denunciado destruyó su dignidad y dio lugar a una serie de acciones de hecho, impidiéndoles volar y cumplir sus labores, privándoles así de su derecho al trabajo, empero al no existir formalmente un despido no pueden acudir a la jurisdicción laboral. Asimismo, el no recibir sus sueldos por cinco meses mella también su dignidad, al margen, en una carta se ordena pagar a los niveles sindicalizados el 20% del salario del mes de enero, pero sus clientes que eran parte del Sindicato, fueron expulsados al ser incluidos en la lista negra, recibiendo por ese motivo un trato discriminatorio ya que no se les canceló nada.

Con la dúplica, el abogado de los recurrentes señaló que están demandando la vulneración de derechos por acciones de hecho cometidas por particulares y por representantes de dos sindicatos. No plantearon la acción contra el LAB porque no fue la empresa la que sacó la lista de las personas a las cuales no se les tomaría en cuenta en los vuelos o fueran traidoras, sino estas personas detrás de cierto anonimato. En cuanto a las supuestas respuestas, al verificarse que no tienen cargo de recepción o de haber sido entregados a sus clientes, resulta claro que no llegaron a sus destinatarios. Ratificó la prueba presentada sobre quiénes son los que reciben sueldos y la existencia del listado de quienes no deben volar.