Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0324/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
II.6.
II.6. Por memorial de 9 de noviembre de 2005, Ramses Ibáñez Dipp y Ernesto Araníbar Calancha en sus calidades de Jefe de la Unidad Legal y abogado de Gerencia de la Aduana Regional de Oruro e invocando su condición de parte querellante, apoyándose en lo preceptuado en el art. 192 del CTB, solicitaron el remate de la mercancía y del vehículo, no estando firmado el memorial por el Gerente Regional de la Aduana de Oruro (fs. 81 a 82).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- : 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.18.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.3.
- APROBAR