Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2007-R
Fecha: 26-Abr-2007
a)
De acuerdo a lo relatado plantea recurso de amparo constitucional contra Sylvia Cristina Loza Montenegro, Directora del Servicio Distrital de Educación de Cercado I y Miguel Vargas Cortez, Director de la Unidad Educativa "Sara Ugarte de Salamanca", solicitando que: a) La Directora correcurrida deje sin efecto los memorandos de traslado a otros establecimientos y respete el memorando de 1 de febrero de 2006; b) El Director del establecimiento "Sara Ugarte de Salamanca" deje sin efecto el memorando de no dejarla ingresar al establecimiento; c) Se califiquen costas y honorarios profesionales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todo acto administrativo sólo puede ser impugnado por medio de los recursos administrativos que la propia Ley determina que son el recurso de revocatoria y el jerárquico
- III.2.
- el Recurso Jerárquico y sus antecedentes deberán ser remitidos a la autoridad competente para su conocimiento y resolución
- III.3.