AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2007-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2007-ECA

Fecha: 11-May-2007

II.2.2.

II.2.2.  Respecto de lo solicitado por el impetrante, resumido en el inc. b) del punto I del presente Auto, en cuanto a otorgar un plazo al Congreso Nacional para que efectúe la designación de Ministros titulares de la Corte Suprema de Justicia, es necesario remarcar que en el inc. c) de la parte dispositiva de la SC 0018/2007, este Tribunal ha exhortado al Poder Legislativo para que, en uso de la atribución contenida en el art. 59.20ª de la CPE, designe a la brevedad posible,  a los Ministros titulares de la Corte Suprema de Justicia para cubrir las acefalías  existentes. Se entiende que el Congreso Nacional comprende la necesidad e importancia de que el más alto Tribunal de Justicia ordinaria del país cuente con todos sus miembros titulares para lograr los fines de justicia, paz, seguridad, orden e igualdad consagrados en la Constitución Política del Estado.