Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2007-R
Fecha: 02-May-2007
II.6.
II.6. Por Resolución 807/02 de 28 de agosto de 2003, la Jueza recurrida resolvió la tercería de dominio excluyente interpuesta por el representante del Ministerio Público, declarándola improbada (fs. 256 a 257 vta.); Resolución que fue apelada por la representante del Ministerio Público el 13 de septiembre de 2003 (fs. 280 y vta.); siendo concedida en el efecto devolutivo por Auto de 3 de octubre de 2003 (fs. 290), modificándose su concesión en el efecto suspensivo por Auto de 20 de octubre de 2003 (fs. 298 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- art. 97.IV de la LTC
- III.3.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el mero relato de los hechos y la indicación de derechos previstos en determinados artículos
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA